Hablar de Perros de Asistencia en nuestro país es referirse a un tema complejo y multifacético que en la actualidad está sumido en una caótica y desatendida realidad. El 29 de mayo de 1996 se publicó en La Gaceta la Ley 7600: “Igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad”; sin embargo, fue hasta casi veinte años después, el 28 de abril del 2014, en que se hizo la reforma a esta ley en donde al fin se hace referencia a los Perros de Asistencia. Lamentablemente, como hablaremos en detalle en este artículo, esta reforma habla de ellos de una manera muy escueta y para nada precisa en cuanto a los tecnicismos del tema.
Antes de siquiera entrar en detalles respecto a situaciones que han pasado en el país en los últimos años, veamos qué dice la ley y por qué está mal. El Artículo 176 de la Ley 7600 dice:
"Toda persona que por algún tipo de discapacidad requiera de un animal de asistencia como apoyo, acompañamiento, conducción y auxilio, lo podrá ingresar, permanecer y deambular a toda edificación pública, privada de servicio público y medio de transporte público.
Los Instructores, adiestradores y entrenadores de Animales de Asistencia y de los que estén en proceso de formación, debidamente acreditados, gozarán de los mismos derechos que gozan las personas con su Perro o Animal de Asistencia mientras realicen las labores de entrenamiento y aprendizaje de aquellos animales que vayan a ser destinados como de asistencia, indiferentemente a su especialidad que vengan a favorecer procesos de rehabilitación y de inclusión social, y así como, también en las labores de adaptación a los usuarios."
Empecemos por mencionar algo que puede que no sea obvio para todos, y es que el artículo menciona a los "Animales de Asistencia", lo que por supuesto es incorrecto. El uso del término "Animales de Asistencia" en lugar de "Perros de Asistencia" en una ley puede generar confusiones y ambigüedades, ya que se interpreta como si abarcara una categoría más amplia que incluye a otras modalidades de ayuda a personas, como los Perros de Terapia y los Perros de Apoyo Emocional. La distinción precisa entre estas modalidades es crucial, porque cada una tiene propósitos y funciones diferentes entre sí. Los Perros de Asistencia son adiestrados para brindar apoyo a personas en situación de discapacidad o personas con necesidades médicas específicas, ayudándolas en tareas detalladas, como guiar a personas ciegas, alertar a personas sordas o facilitar acciones a personas con movilidad reducida. Al utilizar el término "Animales de Asistencia" de manera generalizada, se pierde la claridad y especificidad que se requiere para distinguir entre Perros de Asistencia, Perros de Terapia y Perros de Apoyo Emocional. Esto puede generar confusiones en la implementación y aplicación de la ley, así como en la comprensión pública del papel y los derechos asociados a cada uno.
En el segundo párrafo se habla de los adiestradores, mencionando que los que estén debidamente acreditados para ejercer esta especialidad tendrán los mismos derechos de las personas que sean usuarias de un Perro de Asistencia mientras estén en proceso de adiestramiento y entrenamiento con los perros. En el país no existe actualmente una institución que regule el tema, ni un debido proceso para lograr identificar quiénes sí pueden trabajar esta especialidad del adiestramiento canino, lo cual es muy peligroso, ya que se presta para que personas inescrupulosas hagan lo que quieran sin repercusión alguna, estafando y aprovechándose de las personas que desean ser usuarias de un Perro de Asistencia.
Antes de entrar en materia y revisar cosas que han pasado en el país y lo que han dicho los medios al respecto, es necesario tomar en cuenta lo siguiente:
Assistance Dogs International (ADI) regula a adiestradores especialistas que se dedican a los Perros de Asistencia y a los usuarios de los mismos a nivel mundial.
Un Perro de Apoyo Emocional no es un Perro de Asistencia Psiquiátrica, la persona que va con el Animal de Apoyo Emocional no tiene Derecho de Acceso Público (usar medios de transporte y entrar a lugares públicos y privados de uso público).
Un usuario no tiene que portar su diagnóstico, no es necesario, ya que las certificaciones reales vienen con la identificación necesaria para informar todo lo que un establecimiento o medio de transporte ha de saber para permitir el acceso.
Para determinar la condición de discapacidad, hay que realizar una serie de estudios, no es algo que se asigne únicamente por un diagnóstico.
La institución que determina la condición de discapacidad y hace todos los estudios necesarios es el Consejo Nacional de la Persona con Discapacidad (CONAPDIS).
En la actualidad, trabajamos en equipo, de manera gratuita, con la Asamblea Legislativa, el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) y el Consejo Nacional de la Persona con Discapacidad (CONAPDIS) y otras entidades para regular este tema a nivel nacional.
Un Perro de Asistencia ha de realizar al menos tres tareas adiestradas para el usuario.
Los siguientes son los tipos de Perros de Asistencia que existen:
* Perro Guía
* Perro Señal
* Perro de Servicio:
- Perro de Asistencia Motora
- Perro de Asistencia Médica
- Perro de Asistencia Psiquiátrica
A continuación, hablaremos de algunos sucesos respecto al tema de Perros de Asistencia que se han dado en Costa Rica. Comencemos por el más reciente, el suceso ocurrido el día miércoles 21 de junio del 2023:
Reportaje "Conozca si los perros asistentes pueden subir a los autobuses en Costa Rica" por Gustavo Castro de Telediario, Canal 8.
Vamos a darnos a la tarea de ordenar las ideas y aclarar la realidad de lo presentado en la pasada noticia, para ayudarles a entender por qué está mal y por qué la educación respecto al tema es esencial para evitar caer en la desinformación. Cuando el periodista comienza a hablar, aparecen en la pantalla dos barras, una con una pregunta escrita: "¿Perro asistente puede subir a bus?". La respuesta es muy sencilla: Si es un Perro de Asistencia, sí, puede subir a un bus. Usualmente, los medios de comunicación no investigan a fondo antes de presentar una noticia, ya que tienen la urgencia de presentar algo para las horas en que se ponen al aire los noticieros; lastimosamente muchas veces incurren en errores ya que es necesario conocer en detalle las implicaciones del tema que van a abordar. Antes de realizar una nota como esta, es importante informarse bien de la autenticidad del certificado de Perro de Asistencia de esta persona, que se investigue si la joven que presentó la queja tiene un carnet de discapacidad del CONAPDIS y qué trabajos en específico realiza el perro para esta persona; no sabemos si se realizó ese proceso de descarte, ya que no se mencionó en la noticia.
Luego, bajo esa pregunta, en la segunda barra, dice: "Criterios divididos en torno al tema"; es normal y lógico que los criterios estén divididos, puesto que se hizo una comparativa de opiniones de personas que no son expertos en el tema. Existe una diferencia fundamental entre la expresión de una opinión personal y la explicación proporcionada por un profesional que se apoya en protocolos establecidos y fundamenta sus decisiones en evidencias específicas. Asociar automáticamente la veracidad de un experto a cualquier opinión podría llevar a las personas a considerar como válidas afirmaciones que carecen de fundamentos científicos o apropiados según los lineamientos para el tema específico del que se quiere hablar. El periodista menciona que hay muchos "dimes y diretes" cuando se habla de Perros de Asistencia, diciendo que van a exponer la opinión de los expertos; sin embargo, la falta de homogeneidad en los argumentos expuestos por los entrevistados se debe justamente a la falta de conocimiento; está bien no saber, nadie nace aprendido y por algo el tema de los Perros de Asistencia es una especialidad del adiestramiento canino en la que a penas habemos 564 personas certificadas en el mundo, pero es deber del investigador realizar un filtro respecto a los temas que va a presentar como noticias en medios de comunicación. El artículo 176 de la Ley 7600 habla de "Animales de Asistencia", por lo que sí se incluyen los Perros de Asistencia entre los criterios, y como fue previamente explicado, existen varios tipos de Perros de Asistencia y no únicamente los Perros Guía.
Tamara y Orchis, un equipo certificado por Partner-Hunde Österreich de Austria (arriba a la izquierda); Sara y Dili, un equipo certificado por ÂNIMAS de Portugal (arriba a la derecha); Klaudia y Süti, un equipo certificado por With Dogs for a Smile de Hungría (abajo a la izquierda) y Malcom y Blaze, un equipo certificado por Can Do Canines de Estados Unidos (abajo a la derecha). Todos ellos obtuvieron sus certificaciones de organizaciones avaladas por Assistance Dogs International en diferentes partes del mundo. Fotos con fines ilustrativos.
Se menciona en la noticia que la afectada sufre crisis de ansiedad y que por eso siempre la acompaña su perro. Es importante aclarar que el que una persona tenga ansiedad, depresión u otro padecimiento de salud mental, no implica que tiene una discapacidad. Para determinar una situación de discapacidad hay que hacer evaluaciones más allá del diagnóstico de la persona, de esto se encarga el CONAPDIS, por lo que el que se presente un documento de un psicólogo o un psiquiatra no es suficiente para determinar que ella es usuario de un Perro de Asistencia. Es más, esto ni siquiera es suficiente para un Perro de Apoyo Emocional, ya que además del documento que otorgue el profesional de salud dando la recomendación de que la persona esté cerca del animal, ha de tenerse un documento de un profesional en comportamiento canino capacitado para determinar que el perro cumple con los requerimientos conductuales mínimos en situaciones sociales para considerarse de Apoyo Emocional. Un Animal de Apoyo Emocional puede entrar únicamente si el establecimiento o la empresa del medio de transporte se lo permite, ya que un Animal de Apoyo Emocional no es considerado Perro de Asistencia; por ende, aunque una persona tenga la carta de un psicólogo o un psiquiatra y la de una adiestrador que diga que el perro es un "Animal de Servicio", "Perro de Servicio", "Perro de Apoyo Emocional", queda a discreción del que da el servicio si lo deja entrar o no.
En la denuncia presentada al noticiero por la madre de la afectada, se mencionaron los "certificados correspondientes del perro de servicio". Se habló de la condición de su hija, haciendo referencia a su ansiedad, y no se especificó si ella tiene alguna otra condición, por lo que han de estarse refiriendo a un Perro de Asistencia Psiquiátrica. Para este tipo de perro, al igual que con los otros, no se necesita el documento con diagnóstico o epicrisis del usuario, sino simplemente la identificación otorgada por la organización de adiestramiento especializada en Perros de Asistencia y con aval de Assistance Dogs International. Existen muchísimos tipos de credenciales falsas que hasta se venden en internet, por lo que el que alguien muestre una credencial, carnet de identificación o certificado no quiere decir que sea algo verdadero.
Las personas que venden falsos certificados de Perro de Asistencia usualmente aprovechan los huecos legales que existen en su país para suplir la demanda de estos documentos. Son muchísimas las razones por las que una persona consigue un documento falso. Es importante abordar con cautela y empatía el tema de las personas que obtienen falsos documentos de Perro de Asistencia o de Animal de Apoyo Emocional. Si bien es cierto que algunas personas pueden recurrir a estas prácticas con motivaciones egoístas o narcisistas, no podemos generalizar y atribuir esas características a todos los casos. La realidad es que existen diversas razones y circunstancias que pueden llevar a alguien a buscar un documento falso. Algunas personas pueden tener una comprensión errónea de los beneficios y derechos legítimos de los usuarios de Perros de Asistencia, mientras que otras pueden enfrentar barreras en el acceso a servicios y apoyos necesarios. También hay quienes pueden carecer de una educación adecuada sobre la importancia de respetar el sistema y las necesidades de las personas que realmente trabajan con estos perros a diario.
No se puede juzgar de manera generalizada a las personas que tienen documentos falsos, es fundamental promover la conciencia pública sobre la implementación adecuada y real de los Perros de Asistencia y los Animales de Apoyo Emocional. Esto implica brindar información clara y accesible a la población sobre las regulaciones, los derechos de las personas en situación de discapacidad y la importancia de respetar y no abusar de estos privilegios. Al mismo tiempo, es esencial establecer sanciones adecuadas para aquellos que intenten obtener fraudulentamente documentos o privilegios de manera indebida, así como también para quienes generan estos documentos falsos para la venta. Al enfocarnos en la educación y la mejora de las políticas, podremos abordar de manera más efectiva las situaciones en las que se obtienen documentos falsos y promover un uso adecuado y respetuoso de los Perros de Asistencia y los Animales de Apoyo Emocional. Debemos buscar soluciones que equilibren la protección de los derechos de las personas en situación de discapacidad o con necesidades médicas y el combate contra el abuso y el fraude, sin caer en generalizaciones que no reflejan la complejidad y diversidad de cada caso individual.
La realidad es que varias personas que tienen estos documentos falsos no tienen idea de lo que están haciendo, a diferencia de las personas que venden estos documentos, quienes usualmente ven un negocio prolífero y por eso incurren en estas prácticas fuera de la ética profesional del adiestramiento canino especializado. De ellos es de quienes realmente hay que cuidarse. Pero bueno, volvamos al video: Se menciona luego que ningún funcionario de la empresa le ayudó. Lastimosamente esto sucede mucho en la realidad, que personas que sí son usuarios reales de Perros de Asistencia son discriminados y se les violentan sus derechos. Es necesario educar a las empresas para que logren identificar cuándo sí ayudar a alguien que tiene un Perro de Asistencia y cuándo no, porque es un documento falso.
En Costa Rica, lamentablemente, existe una problemática preocupante relacionada con la falta de ética por parte de algunas organizaciones autoproclamadas especialistas en adiestramiento canino. Varias entidades sin escrúpulos se dedican a vender certificaciones falsas de Perros de Asistencia, estafando a personas que genuinamente desean beneficiarse de los servicios y el apoyo que estos perros proporcionan. El adiestramiento de Perros de Asistencia requiere de un enfoque serio, dedicación y conocimientos especializados para garantizar que los perros estén correctamente adiestrados, entrenados y calificados para brindar la asistencia necesaria a personas en situación de discapacidad o con necesidades médicas específicas. Sin embargo, algunas organizaciones irresponsables aprovechan esta demanda creciente de Perros de Asistencia para vender certificaciones falsas a precios elevados, sin proporcionar los procesos adecuados que garantizarían la calidad y la seguridad de los Perros de Asistencia. El poner un precio de esta forma a los Perros de Asistencia implica generar una brecha socioeconómica para los posibles futuros usuarios, por lo que las instituciones serias que trabajan el tema suelen ser organizaciones sin fines de lucro que tienen un debido proceso de filtro para los aspirantes a ser usuarios de Perros de Asistencia.
La venta de falsos certificados no es solamente una conducta falta de toda ética, sino que también tiene consecuencias negativas para aquellos que buscan un Perro de Asistencia. Las personas que confían en estas organizaciones fraudulentas terminan con animales que no han sido debidamente adiestrados y entrenados, lo que puede poner en peligro tanto a los usuarios como a los propios perros y las personas que los rodean. Además, se crea una desconfianza generalizada hacia los Perros de Asistencia, afectando negativamente a toda la comunidad de personas que se benefician de estos compañeros de vida. Es crucial que se tomen medidas para combatir este problema y proteger los derechos de los usuarios. Es necesario establecer regulaciones claras y rigurosas para la certificación de Perros de Asistencia, que incluyan procesos de evaluación y acreditación confiables, además del monitoreo de los equipos certificados para asegurar la calidad del trabajo y el bienestar de ambos a largo plazo. Así mismo, se debe promover la educación y la conciencia pública sobre la importancia de elegir organizaciones éticas y confiables para el adiestramiento y certificación de Perros de Asistencia.
Es fundamental que las autoridades competentes supervisen y sancionen a aquellas organizaciones que estafan y venden certificaciones falsas. La aplicación estricta de la ley en estos casos contribuirá a convencer a las personas de evitar estas prácticas fraudulentas y protegerá a las personas de ser víctimas de engaños y estafas. En conclusión, la existencia de organizaciones de adiestramiento canino sin ética en Costa Rica que venden certificaciones falsas de Perros de Asistencia es una problemática grave y perjudicial. Es necesario tomar acciones concretas para erradicar estas prácticas fraudulentas y garantizar un acceso seguro a los Perros de Asistencia y sus usuarios.
Oso es el primer Perro Señal de Costa Rica, es un perro sin raza definida. Su adiestrador, Anthony Vado, pertenece también a la Red Áskal de adiestradores certificados en Latinoamérica para adiestrar Perros de Asistencia con aval de Assistance Dogs International.
Un Perro de Asistencia es una ayuda invaluable para los usuarios; es un tema de autonomía y de calidad de vida, no es un juego, es un trabajo serio y de bien social. Los falsos Perros de Asistencia son también un problema de salud pública ya que por estos engaños, los locales caen en un incumplimiento a la ley, permitiendo a animales entrar donde hay productos de consumo humano, y al no ser verdaderos “Perros de Asistencia”, esas personas no deberían de tener Derecho de Acceso Público.
Volviendo al video, el abogado al que entrevistaron dice lo siguiente: "Si en el caso de que no se ocupa efectivamente, esta muchacha requiere al perro, pero no solo que lo requiere, es que si desde un punto de vista médico así se le indicó y existe documentación que lo pruebe...". Un médico no puede escribir en los documentos de un paciente que "necesita un Perro de Asistencia", el Perro de Asistencia es una elección del paciente, el cual realiza la solicitud a la institución especializada para pasar por los filtros para ser un futuro usuario, y si completa todo con satisfacción, puede tener un Perro de Asistencia; por lo tanto, no es algo que un médico pueda "recetar" a alguien por su condición en un documento. Para una institución dedicada al trabajo con Perros de Asistencia, un diagnóstico o epicrisis que venga con una recomendación directa de que el paciente ha de tener un Perro de Asistencia es sospechosa y usualmente se investiga más a fondo el caso ya que esto suele darse en documentos que la persona pagó deliberadamente para justificar con el médico el querer ser usuario y así ejercer cierto tipo de presión. Aún si un documento médico viniera con una especificación de este tipo, el profesional correspondiente (el adiestrador canino especializado) corroboraría todo por medio de los filtros, ya que hay que asegurar no solamente el bienestar del paciente, sino también el del perro, y aunque venga con esa recomendación médica, la persona ha de pasar por todo el proceso, igual que cualquier otro que aplique para ser usuario. Al final, lo que dijo la representante del CONAPDIS es cierto, pero no necesariamente aplica para este caso o el que el periodista mencionó como un caso anterior con otro supuesto Perro de Asistencia.
Este otro caso mencionado en la noticia sucedió Ciudad Quesada, San Carlos. Los hechos se dieron el 19 de agosto del 2021, cuando empleados de la cadena Subway indicaron a una madre y su hija que no podían servirles alimentos ya que estaban ingresando con un perro, a lo que la señora alegó que era un Perro de Asistencia. El entonces magistrado de la Sala Constitucional, Paul Rueda, explicó que el animal estaba debidamente identificado como Perro de Asistencia y el restaurante estaba en la obligación de no condicionar el servicio.
Audio de Paul Rueda para Noticias Monumental para la noticia del 18 de enero del 2022 haciendo referencia al caso de Subway.
Estas declaraciones nos llevan a cuestionar si efectivamente era un Perro de Asistencia, contando con documentación real. No es por ser los "Abogados del Diablo", pero así como se dió esta situación en ese restaurante y debido a la falta de información detallada, sospechamos que en caso de haber existido una legislación adecuada en el país y los debidos procesos para este tema específico, hay una enorme posibilidad de que Subway hubiese ganado el caso. En el juicio sucedió que, a pesar del alegato de que se trató de un error, la Sala Constitucional insistió en que lo ocurrido configura tratamientos discriminatorios, "los cuales resultan reprochables y carentes de justificación suficiente, sobre todo si se considera que la amparada posee una doble condición de vulnerabilidad al ser una persona menor de edad con discapacidad, por lo que goza de una tutela especial". Los magistrados también echaron mano de un informe suministrado por la Comisión Nacional de la Persona con Discapacidad (CONAPDIS), en el que se indicó que "el remedio ofrecido no elimina el acto discriminatorio y denigrante llevado a cabo; y que la justificación de la empresa de que la ubicación del mostrador no permitía ver que se trataba de un perro de apoyo carecía de base pues la obligación era verificar que así fuera en lugar de indicarles que no serían atendidas y que se retiraran del local". Esto que mencionó el CONAPDIS es totalmente cierto, si efectivamente era un Perro de Asistencia verdadero; en caso de no haberlo sido, las cosas hubiesen sido distintas.
Reportaje "Condenan a restaurante por trato diferenciado" por Repretel, miércoles 19 de enero del 2022.
Doña Andrea Quirós indicó que su hija está dentro del Espectro Autista, y que a la persona usuaria no se le debe de preguntar su condición, que si la persona va con un perro, hay que asumir que es un Perro de Asistencia y ya. Esto que ella menciona en la entrevista se deriva de un documento estadounidense que se llama "Americans with Disabilities Act", en donde se estipula que a nadie se le debe de preguntar por su situación de discapacidad, que simplemente se le ha de preguntar si el perro le ayuda en algo relacionado con una discapacidad y qué cosas hace el perro para ayudarle, nada más. Pero, eso aplica únicamente para Estados Unidos, y es un mal ejemplo de cómo abordar el tema, justamente porque se presta para que no exista una regulación adecuada y se den casos de falsos Perros de Asistencia, como sucede continuamente en Estados Unidos en donde la situación está descontrolada. La resolución del caso se dio el 7 de diciembre del 2021, ordenado a Arturo Apéstegui Barzuna, en su condición de apoderado general judicial de Restaurantes Subs Sociedad de Responsabilidad Limitada que coordinara lo pertinente y llevara a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus competencias para cumplir con lo establecido. Desconocemos la realidad del estado del perro de este caso como Perro de Asistencia, pero, conociendo el panorama general del país, sospechamos que si hubiese una adecuada legislación respecto al tema, Subway hubiese tenido material para defenderse y veredicto hubiese sido distinto en caso de comprobarse que el perro no cumplía con los requerimientos básicos y certificaciones necesarias.
El año pasado, el 17 de junio del 2022, Melissa Castillo Chavarría, persona en situación de discapacidad, cuenta que sufrió malos tratos por parte de un chofer de bus. Se especificó en ese entonces que ella requiere un Perro de Apoyo Emocional para movilizarse en todo momento.
Fotos obtenidas de la página de Teletica, de la noticia de Eric Corrales del 26 de junio del 2022 referentes al caso de Melissa Castillo.
“Yo estaba esperando el autobús, cuando este llegó, una señora bajó y cuando el chofer vio que yo llevaba un perro guía, me cerró la puerta en la cara y arrancó. Yo corrí para tocarle la puerta, pero literalmente me tiró el bus encima, tanto así que la llanta me golpeó el brazo; por suerte, mi perrita iba al lado derecho, si no, hubiera muerto. Incluso yo pude haber quedado debajo de la llanta si hubiera perdido el equilibrio”, contó Melissa al noticiero.
La situación que vivieron Melissa y su perro no fue para nada agradable, pero, de nuevo, para poder realmente fomentar que haya un cambio positivo en la sociedad e impulsar la educación respecto al tema, vamos a mencionar las cosas que deben de considerarse para saber cómo dar una resolución a este caso:
Un Animal de Apoyo Emocional no tiene los mismos privilegios que un Perro de Asistencia; por lo tanto, aunque Melissa tenga un carnet de discapacidad del CONAPDIS, si su perro es de Apoyo Emocional, no está incluido en el Derecho de Acceso Público, este derecho únicamente incluye a los Perros de Asistencia, por lo que aunque ella presente el carnet, al ser de Apoyo Emocional, el chofer o cualquier persona estaba en su derecho de impedirle el paso, lo mismo si intentara entrar a un supermercado u otros lugares públicos o privados de uso público, ya que al Animal de Apoyo Emocional en general se le considera un Animal de Compañía, no un Perro de Trabajo, mucho menos un Perro de Asistencia.
Ella mencionó que ella llevaba un Perro Guía. Los Perros Guías son para personas ciegas o con pérdida visual, un Schnauzer de ese tamaño jamás podría ser un Perro Guía porque no tiene el tamaño adecuado para poder guiar a una persona.
Si ella no es una persona ciega, un Perro Guía no sería lo adecuado para ella.
En un lado del peto dice "Apoyo Emocional" y del otro dice "Perro de Servicio para Síndrome de Estrés Postraumático"; si bien es cierto el Síndrome de Estrés Postraumático puede llegar a resultar en una condición de discapacidad, no necesariamente es así. En este caso, ella está en una situación de discapacidad confirmada, pero el diseño del peto es sospechoso ya que se nota que fue comprado y que quienes lo hicieron no sabían lo que estaban haciendo. O es Perro de Apoyo Emocional o es Perro de Servicio (un tipo de Perro de Asistencia), no puede ser ambos al mismo tiempo.
Si fuese un Perro de Asistencia Psiquiátrica, ha de poder cumplir con tareas adiestradas que ayuden específicamente a Melissa.
De nuevo, es incierto si en este caso era un Perro de Asistencia y entonces su usuario sí tenía Derecho de Acceso Público, o si era un Perro de Apoyo Emocional y no tenía derecho de entrar con el perro. De una manera u otra, lo que hizo el chofer estuvo muy mal, fue algo abusivo.
Debido a todo esto y otros sucesos, el 24 de marzo del 2022 se presentó en la Asamblea Legislativa el Proyecto LEY PARA REGULAR EL USO, DEAMBULACIÓN Y PERMANENCIA DE LOS PERROS GUÍA PARA PERSONAS CIEGAS Y PERROS DE ASISTENCIA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (Expediente 22955). Presentamos un documento cuando se nos hizo la consulta acerca del documento, luego de eso, fuimos convocados a presentar una moción para explicar por qué decíamos que ese proyecto estaba mal planteado. Fuimos convocados el 14 de setiembre de 2022 para explicar nuestras razones, y gracias a ello, se nos convocó luego para realizar un nuevo proyecto de ley, debido a que el que mocionamos fue archivado luego de nuestra explicación.
Video de la moción presentada respecto al expediente 22955 proyecto de ley para regular a los Perros de Asistencia en Costa Rica.
A partir de eso, desde el 10 de diciembre del 2022, estamos trabajando con el equipo de Yonder Salas, el presidente de la Comisión de Discapacidad y Adulto Mayor, para crear un proyecto de ley adecuado y ejemplar. Estamos al día de hoy, en la recta final para terminar de darle forma y enviarlo a consulta a las distintas organizaciones que les interesa el tema. Hemos venido trabajando en conjunto con instituciones gubernamentales para lograr que los Perros de Asistencia y otros animales que trabajan estén bajo una legislación pertinente; no daremos más detalles del trabajo que se ha venido realizando ya que aún está en proceso. Estaremos compartiendo el documento una vez esté listo. Por ahora, mientras no existe legislación como tal, por favor, en caso de dudas, contacten al CONAPDIS o al SENASA, ellos pueden guiarlos.
Por último, antes de terminar, ya que hemos mencionado la problemática que incluye el desconocimiento por parte de las autoridades, el desorden que se da en la sociedad por la falta de legislación adecuada y la desinformación que se da en medios de comunicación, vamos a mencionar brevemente cosas de importancia para lo que sí es un Perro de Asistencia según los estándares internacionales:
Pasar pruebas de pre-selección para el trabajo a realizar.
Temperamento adecuado y conductas aceptables.
Cumplimiento de estándares de salud.
Carácter bien desarrollado para la labor.
Desarrollo de habilidades sociales asertivas.
Adiestramiento especializado según las necesidades del futuro usuario.
Identificación y documentación adecuadas del equipo humano-perro.
Existen una serie de protocolos a seguir aún cuando el perro ya fue entregado al usuario, entendiendo que los animales no son máquinas y que hay que darle mantenimiento a las habilidades aprendidas para que se sigan repitiendo a lo largo del tiempo. A continuación, ejemplos en video con las descripciones de lo que se está haciendo bajo cada uno:
Ejemplo 1: Ejercicio de mantenimiento en ambiente controlado, se hace para reforzar las conductas aprendidas a lo largo del proceso. En este caso, Oso tiene que marcar que algo se me cayó y llevarme al objeto; al ser un ejercicio de mantenimiento, se puede dar un premio como refuerzo de la conducta. Estos ejercicios se hace durante la preparación del perro y a lo largo de su vida como Perro de Asistencia, ya que la idea es de vez en cuando reforzar las conductas para que se den cuando sea una situación real. Ha de variarse el objeto una vez el perro tenga entendido de qué se trata la secuencia.
Ejemplo 2: Ejercicio de mantenimiento en exteriores con distracción de perros ladrando. Oso tiene que marcar que algo se me cayó y llevarme al objeto en la calle a pesar de las distracciones; al ser un ejercicio de mantenimiento, se puede dar un premio como refuerzo. Esto es para ejemplificar cómo se incrementa de manera gradual la dificultad de los ejercicios; eventualmente, se elimina el refuerzo de alimento o juguetes en las prácticas para terminar de afinar detalles y que el perro repita la acción sin necesidad del premio.
Ejemplo 3: Ejercicio que es parte de la evaluación para el Derecho de Acceso Público, en donde el Perro de Asistencia ha de ignorar por completo a otro animal o persona con la que se cruce en el camino. Esto es parte del conjunto de cosas a enseñar al perro dentro de lo que se llama Socialización Asertiva. La socialización no es lo que las personas piensan, que el perro quiera jugar y saludar a todo el mundo, sino lograr mantener la calma en exteriores. La prueba completa consta de 16 ejercicios, sin contar las conductas específicas para las necesidades del usuario.
Video promocional de Áskal en Latinoamérica, donde ya aparece Costa Rica al final del video gracias a que terminamos el proceso de certificación internacional para formar parte de Assistance Dogs International.
Cabe mencionar que el adiestramiento para un Perro de Asistencia se logra completar en periodos de aproximadamente dos años, puede llegar a ser menos, pero el estándar son dos años para tener listo al perro y al usuario, recordando que no solamente se trata de educar, adiestrar y entrenar al perro, sino también al usuario durante este periodo de tiempo. Ahora que se han mencionado ejemplos de lo que sí es un Perro de Asistencia, mencionaremos cosas a tomar en consideración para lo que no es un Perro de Asistencia:
Perros supuestamente adiestrados en periodos de seis meses o menos.
Perros inseguros, ansiosos o reactivos.
Perros de menos de un año o de más de diez años.
Perros que no realizan tareas específicas para sus supuestos usuarios.
Supuesto usuario sin identificación de discapacidad del CONAPDIS (en Costa Rica).
Supuesto usuario sin pruebas de condición médica específica (únicamente para Perro de Alerta Médica o Perro de Asistencia Psiquiátrica).
Uso de equipo inapropiado.
Perros enfermos.
Perros sin vacunas al día.
Documentos de identificación para Perro de Asistencia de dudosa procedencia sin el debido formato correspondiente según los parámetros internacionales (no podemos describirlos con detalle para evitar facilitar falsificaciones).
Que el supuesto usuario únicamente presente una carta de un psicólogo o psiquiatra y la de una escuela canina diciendo que es un Perro de Asistencia, eso sería un Perro de Apoyo Emocional de dudosa formación.
Hemos compartido los detalles de estos parámetros a varias organizaciones, gubernamentales y no gubernamentales, todos los datos que tenemos; además, se ha velado por trabajar de manera interinstitucional. Aún hay mucho trabajo por hacer, pero ya está en marcha. Ayudaremos a mejorar al país en este tema y las condiciones para los presentes y futuros usuarios de Perros de Asistencia. En caso de tener dudas o requerir mayor información, no duden en contactarnos.
Autor: Anthony Vado Romero.
Profesional en Conducta Animal, Especialista en Cánidos.